Âé¶¹AV

Inicio > Aplicar > ayuda financiera > Retiros / Devolución del Título IV

Retiros / Devolución del Título IV

Eliminar un módulo

Si un estudiante abandona un módulo después de haberse inscrito, la cantidad de ayuda financiera que se le ha otorgado puede verse gravemente afectada. Los fondos federales que se hayan acreditado en la cuenta del estudiante se recalcularán y es posible que deban devolverse. Las becas institucionales otorgadas a los estudiantes se revocarán en consecuencia si se abandonan los cursos durante el semestre. Un estudiante que abandona un módulo durante un semestre, que no se retira, debe completar un Formulario de intención de devolución con la oficina de registro. La fecha de devolución debe ser dentro de los 45 días posteriores a la última fecha de asistencia. La ayuda se otorga en función del número de horas crédito en las que el estudiante se inscribe cada semestre.

Estado de inscripción en horas de crédito

  • 12 o más jornada completa
  • 9 – 11 horas ¾ tiempo
  • 6 – 8 horas y media
  • 1 – 5 horas menos de la mitad del tiempo

Los estudiantes que reduzcan sus horas de estudio podrán ver ajustado el costo de su matrícula en función del número de horas que tengan previsto completar durante el semestre.

Política de reembolso universitario 

Abandonar los estudios

Los estudiantes que opten por retirarse de los cursos antes de completar su semestre deben comunicar su intención a la oficina del registrador y completar el formulario. Formulario de notificación oficial de retiroEl registrador informará al director de ayuda financiera sobre la última fecha de asistencia del estudiante. Si bien la ayuda federal e institucional se deposita en su cuenta al inicio del semestre, usted recibe fondos a medida que avanza en el mismo. A los estudiantes que reciben ayuda financiera durante ese período de matrícula se les recalculará su beca de acuerdo con su fecha de retiro y conforme a las regulaciones federales. Siempre consulta con la oficina de ayuda financiera antes de darte de baja o retirarte..

Para todos los programas (presenciales y en línea) ofrecidos en módulos con plazos no estándar, se considera que un estudiante se ha dado de baja a efectos del Título IV si deja de asistir en cualquier momento antes de completar el período de pago o de inscripción, a menos que tenga previsto comenzar otro módulo en el mismo período de pago o de inscripción. Esto se aplica siempre que el módulo posterior al que asista el estudiante comience a más tardar 45 días naturales después de la finalización del módulo al que dejó de asistir.

Retiros administrativos

Un estudiante será dado de baja administrativamente de un curso tras dos ausencias injustificadas consecutivas y no tendrá derecho a reembolso. Los estudiantes dados de baja administrativamente por falta de asistencia recibirán una calificación de F en su expediente académico. El Registrador o el Decano Académico pueden iniciar los trámites de baja administrativa. En el caso de estudiantes con ayuda financiera, el Director de Ayuda Financiera se pondrá en contacto con ellos inmediatamente después de iniciar el proceso de baja administrativa para determinar si planean asistir a los cursos posteriores en los que se hayan inscrito durante ese semestre. Si el estudiante informa al Director de Ayuda Financiera (o a cualquier otro miembro de la administración de la universidad) que no planea continuar matriculado en cursos posteriores, o si no responde, se iniciará el proceso oficial de baja.

Devolución de la ayuda del Título IV

Los estudiantes que se retiren de forma oficial o extraoficial, no regresen de una licencia o sean dados de baja de la matrícula en Âé¶¹AV, podrían tener que reembolsar los fondos de ayuda financiera (Título IV). (Los fondos del Título IV incluyen las Becas Pell, SEOG, los Préstamos Directos Subvencionados y No Subvencionados, y los Préstamos Parent PLUS). Los estudiantes deben tener en cuenta que su elegibilidad para recibir ayuda financiera en el futuro podría verse comprometida si abandonan clases o se retiran de Âé¶¹AV después de que se haya desembolsado la ayuda financiera. Las becas y ayudas se elaboran y desembolsan en función del estado de matrícula del estudiante en el momento de la inscripción. Si un estudiante se retira, abandona una clase o cambia su estado de matrícula de alguna manera, podría tener un saldo pendiente con la Oficina de Administración. El monto de la ayuda que recibe un estudiante se determina de forma proporcional (si completa el 30% de su período de pago o período de matrícula, recibe el 30% de la ayuda que originalmente estaba programada para recibir). Los estudiantes que se retiren antes de completar el 60% del semestre verán su ayuda financiera prorrateada y se les devolverán los fondos no devengados. Una vez alcanzado el 60%, se considera que el estudiante ha devengado el 100% de los fondos del Título IV. Los fondos federales del Título IV se devolverán en función del porcentaje del período completado. Âé¶¹AV dispone de 45 días a partir de la fecha en que determine que un estudiante se retiró para devolver todos los fondos no devengados de los que sea responsable.

Las regulaciones federales estipulan cómo se calcula la devolución de los fondos del Título IV y, para los estudiantes que han recibido asistencia federal, la ayuda debe devolverse al programa correspondiente en el siguiente orden:

  • Préstamo federal Stafford sin subsidio
  • Préstamo federal Stafford subsidiado
  • Préstamo Federal PLUS
  • Beca Federal Pell
  • SEOG federal
  • Otras subvenciones del Título IV
  • Becas que los donantes especifican que deben devolverse total o parcialmente**

**Política institucional: Dado que las becas institucionales se otorgan para la matrícula a tiempo completo, si el estudiante abandona un curso, la beca será revocada, lo que podría generar un saldo pendiente en su cuenta. Si esto genera un saldo, se le facturará al estudiante el importe adeudado.

Los estudiantes deberán abonar cualquier cargo institucional impagado que resulte de la devolución de fondos a los programas del Título IV.

En algunos casos, un estudiante puede ser elegible para recibir un desembolso posterior al retiro si la ayuda recibida es menor que la ayuda otorgada. Este pago debe realizarse dentro de los 120 días posteriores al retiro del estudiante. En tales casos, la oficina de ayuda financiera notificará al estudiante sobre el desembolso mediante un correo electrónico con la carta de concesión. La escuela informará al estudiante o a sus padres que tienen 14 días calendario a partir de la fecha de envío de la notificación para aceptar el desembolso.

 

 


Recursos: