Âé¶¹AV

Inicio > Aplicar > ayuda financiera > Permiso de ausencia

Permiso de ausencia (LOA)

Una licencia de ausencia (LOA) es una interrupción temporal en el programa de estudios de un estudiante y se refiere al período de tiempo específico durante un programa en el que un estudiante no está presente. Todas las solicitudes de LOA, para los fines de la devolución del Título IV, deben presentarse al Departamento de Ayuda Financiera. Cada estudiante debe completar el Formulario de solicitud de permiso de ausencia por ayuda financieraLos estudiantes deben solicitar una licencia por ausencia con anticipación, a menos que circunstancias imprevistas les impidan hacerlo; por ejemplo, una emergencia médica, el fallecimiento de un familiar, etc.

Para que Âé¶¹AV pueda otorgar una LOA aprobada:

  • El estudiante debe seguir la política de la universidad al solicitar la licencia de ausencia.
  • Debe existir una expectativa razonable de que el estudiante regresará después de la licencia.
  • El estudiante debe completar el formulario LOA de Ayuda Financiera proporcionando una confirmación por escrito de la fecha de regreso de LOA.
  • WC debe aprobar la LOA de acuerdo con la política de la universidad.
  • WC no podrá cobrarle al estudiante ningún cargo institucional adicional, la necesidad del estudiante no podrá aumentar y el estudiante no podrá obtener la elegibilidad para fondos adicionales del Título IV.
  • La licencia podrá concederse por un período máximo de 60 días.
  • Si el estudiante es beneficiario de un préstamo del Título IV, WC debe explicarle, antes de otorgarle la licencia de ausencia (LOA), los efectos que su incumplimiento de regresar tras una LOA puede tener en sus condiciones de reembolso, incluyendo la expiración de su período de gracia*.
  • El estudiante debe tener un buen rendimiento académico.
  • El estudiante debe haber completado al menos un semestre completo de matrícula en WC.
  • El estudiante debe estar matriculado al menos a tiempo parcial.

Si recibe préstamos del Título IV (préstamos directos subsidiados, no subsidiados o PLUS) y no regresa de una licencia aprobada, podría agotar total o parcialmente su período de gracia. La fecha de retiro (para efectos de los programas del Título IV) se retrotraerá al primer día de su licencia aprobada.

La Oficina de Ayuda Financiera es responsable de garantizar que los estudiantes tengan un motivo válido para solicitar una licencia. Es posible que se les solicite al estudiante que presente una carta de un médico, terapeuta, supervisor, etc., que certifique la necesidad de la licencia solicitada. Generalmente, se consideran válidas las siguientes razones:

  • enfermedad personal;
  • Enfermedad de un familiar directo;
  • Muerte en la familia.

Un estudiante al que se le concede una licencia sin goce de sueldo (LOA, por sus siglas en inglés) que cumple con las condiciones para una LOA aprobada a efectos del Título IV, no se considera que se haya retirado y no se requiere ningún cálculo de reembolso del Título IV. Al regresar de la licencia, el estudiante retomará su asistencia a la escuela en el punto en que la dejó y continuará recibiendo la ayuda del Título IV que se le otorgó previamente durante ese período.

Efecto de una carta de autorización en la ayuda financiera:

Los estudiantes deben tener en cuenta que incluso una licencia de ausencia aprobada podría afectar su elegibilidad para la ayuda financiera. No se pueden desembolsar beneficios del Título IV ni beneficios para veteranos durante una licencia de ausencia aprobada. Si un estudiante no regresa después de una licencia de ausencia aprobada, se le considerará retirado de todos los cursos, lo que podría resultar en una disminución de su elegibilidad.

Si el estudiante no cumple con las condiciones para una licencia de ausencia aprobada para los fines del Título IV, o no regresa después de una licencia de ausencia aprobada, se considera que se ha retirado y cualquier reembolso de matrícula calculado se devolverá primero a los programas de ayuda federal. Las regulaciones federales exigen que el porcentaje del semestre que el estudiante no completó será el porcentaje de la ayuda federal disponible que el estudiante no ganó. Si el estudiante recibió más ayuda federal para estudiantes de la que ganó, la escuela debe devolver los fondos no ganados al prestamista del estudiante en un orden específico. Una vez que el estudiante ha completado el 60% del semestre, ha ganado el 100% de su ayuda y no se requiere ningún reembolso federal. Cuando se requiere un reembolso, el monto de la ayuda del estudiante que la escuela debe devolver al prestamista del estudiante se determina multiplicando el monto de la matrícula y las cuotas del estudiante por el porcentaje del semestre que el estudiante no completó. Una vez que se calculan los reembolsos institucionales y federales, el estudiante deberá pagar cualquier saldo restante adeudado a la escuela.